El Reglamento interno del Departamento de Comunicación y Psicología Social habilita la creación de Comisiones consultivas (Título II. Artículo 22): “Las comisiones, de existir, estarán integradas por representantes de los colectivos interesados, a propuesta del director o del Consejo y nombrados por el Consejo. Las comisiones estarán presididas por el director o miembro del Consejo en quien delegue.”
Comisión consultiva docente
Comisión consultiva de investigación
